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 Normativa >> Ley 6041 >> Fecha 18/01/1977 >> Articulo 25
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Normativa - Ley 6041 - Articulo 25
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Artículo 25
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25

ARTICULO 25.- La Comisión podrá establecer un programa de incentivos

para los beneficiarios que se comprometen, una vez graduados, a prestar

sus servicios en la misma región de donde provienen, durante el plazo que

el Consejo indicará.

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