Artículo 15
Artículo
15.—De la comunicación del nombramiento a la Contraloría General de la
República. De conformidad con el artículo 31 de la Ley Nº 8292, el
Departamento de Recursos Humanos comunicará a la Contraloría General de la
República el nombramiento resultante, a más tardar el primer día hábil del
inicio de funciones en el respectivo cargo.
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