MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES
El
Lic. Randall Quirós Bustamante, en su condición de Ministro de Obras Públicas y
Transportes, de conformidad con Oficio DM-2782-2005 de fecha 30 de mayo del
2005, instruyó al Lic. Christian Méndez Blanco, Director de Recursos Humanos de
este Ministerio para que proceda a realizar los trámites pertinentes, en aras
de promover el Concurso Público que se requiere para el nombramiento en
propiedad del Subauditor Interno de este Ministerio.
Para
dar cumplimiento a esa instrucción y en atención a las disposiciones de la
Contraloría General de la República, se procede a la publicación del siguiente
Reglamento al Concurso Público con el cual se establecen las políticas y
procedimientos que regirán para llevar a cabo este proceso.
Considerando:
1º—Que
de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Control Interno Nº 8292 del 4
de setiembre del 2002, la obligación de contar con una Auditoría Interna y lo
relativo al nombramiento del Subauditor Interno del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, está normado por lo que al efecto estipulan los
artículos 20 y 31 de esa Ley.
2º—Que
la Auditoría Interna se constituye como un mecanismo más de control, que
desempeña una función fiscalizadora, asesora y de servicio, que agrega valor a
la gestión institucional y debe proporcionar una garantía razonable de que la
actuación del Jerarca y del resto del personal del Ministerio de Obras Públicas
y Transportes, se ejecuta de conformidad con sanas prácticas y dentro del marco
legal vigente, aspectos que hacen imprescindibles la participación de un
Subauditor Interno.
3º—Que
de conformidad con los preceptos contenidos en la Ley N° 8292 denominada Ley
General de Control Interno, efectivamente a partir de la entrada en vigencia de
dicha norma, los puestos de Auditor y Subauditor Internos de las
administraciones quedarán excluidos del Régimen de Servicio Civil, en virtud de
la disposición contenida en el Numeral 45 inciso d, de dicha Ley.
4º—Que
la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria del Ministerio de
Hacienda, mediante STAP-CIRCULAR Nº 0743-03, Acuerdo Nº 7915, de fecha 20 de
mayo del 20n-03, otorgó contenido económico para reconocer el ajuste salarial
correspondiente a los puestos de Auditor y Subauditor Internos de la Institución.
5º—En
razón de lo anterior, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes debe contar
con un Reglamento que establezca los lineamientos a seguir, para la realización
del Concurso Público, mediante el cual seleccionará a quien ocupe en propiedad
el puesto de Subauditor Interno dentro de la Institución.
Por
tanto, se promulga el siguiente:
REGLAMENTO
DEL CONCURSO PÚBLICO PARA EL NOMBRAMIENTO EN PROPIEDAD DEL SUBAUDITOR INTERNO
DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Artículo
1º—De la naturaleza. El presente Reglamento regulará lo relativo al
procedimiento del Concurso Público para el nombramiento en propiedad del
Subauditor Interno del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, de
conformidad con lo estipulado en el artículo 31 de la “Ley General de Control
Interno” Nº 8292, publicada en La Gaceta Nº 169 del 4 de setiembre del
2002 y los “Lineamientos para la descripción de funciones y requisitos de los
cargos de Auditor y Subauditor Internos del Sector Público” Nº L-I-2003-CO-DDI,
emitidos por la Contraloría General de la República y publicados en La
Gaceta 205 del 24 de octubre del 2003.