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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32529 >> Fecha 02/02/2005 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32529 - Articulo 8
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Artículo 8    (No vigente*)
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Artículo 8º—El Laboratorio Nacional de Aguas de AyA, deberá realizar los controles de calidad de agua en los sistemas comunale

Artículo 8º—El Laboratorio Nacional de Aguas de AyA, deberá realizar los controles de calidad de agua en los sistemas comunales y ordenará las correcciones que procedan, conforme con lo dispuesto en el Decreto N° 26066-S, publicado en La Gaceta N° 109 del 9 de junio de 1997.


 

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