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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32529 >> Fecha 02/02/2005 >> Articulo 46
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32529 - Articulo 46
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Artículo 46    (No vigente*)
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CAPÍTULO XI

CAPÍTULO XI

De la protección de los recursos hídricos

 

Artículo 46.—Las ASADAS deberán velar y participar por la preservación y conservación del Recurso Hídrico que se genera para los sistemas de abastecimiento a la población, coordinando para ello con las instituciones involucradas en la conservación y manejo del recurso.


 

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