Artículo 10
Artículo 10.—Los alcantarillados sanitarios
comunales deberán ajustarse a lo establecido en los Reglamentos de Uso y
Vertido de las Aguas Residuales, Decreto Ejecutivo N° 26042-S-MINAE, publicado
el 19 de junio de 1997; Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento
de Aguas Residuales, Decreto Ejecutivo Nº 31545-S-MINAE, publicado el 22 de
diciembre del 2003; Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo
N° 21297-S publicado el 15 de junio de 1992 y Reglamento de Creación del Canon
Ambiental por Vertidos. Decreto Ejecutivo 31176-MINAE, publicado el 26.de .junio,
del 2003.
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