Artículo 5º—Competencia del Director General
Artículo 5º—Competencia del Director General.
Será competencia del Director(a) General, determinar y emitir las políticas
y directrices que orienten la decisiones y acciones hacia el efectivo
cumplimiento de los fines del régimen jurídico aduanero y la consecución de los
objetivos del Servicio Nacional de Aduanas. Con las funciones que le señalan al
efecto el CAUCA, RECAUCA, la Ley General de Aduanas y otras normativas.
|