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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32456 >> Fecha 29/06/2005 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32456 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—Comunicación del programa de implementación

Artículo 4º—Comunicación del programa de implementación. La Dirección General comunicará entre otros, por medios de difusión escrita, el programa de implementación por aduana del sistema informático y las modificaciones con el .n de que los usuarios del Sistema Aduanero Nacional, en adelante “el Sistema”, tomen las previsiones del caso.


 

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