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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32458 >> Fecha 06/06/2005 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32458 - Articulo 10
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Artículo 10    (No vigente*)
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Artículo 10

Artículo 10.—Los importadores de vehículos de las partidas arancelarias 87.02, 87.03, 87.04 y 87.11, gravadas con el impuesto Selectivo de Consumo y que no están afectos a los Derechos Arancelarios a la Importación, no están obligados a la presentación de la declaración de valor.

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