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 Normativa >> Reglamento municipal 155 >> Fecha 22/06/2005 >> Articulo 16
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Normativa - Reglamento municipal 155 - Articulo 16
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Artículo 16
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Artículo 16

Artículo 16.—De la comunicación del nombramiento a la Contraloría General de la República: De conformidad con el artículo 31 de la Ley Nº 8292, se comunicará a la Contraloría General el nombramiento resultante a más tardar el primer día hábil del inicio de funciones en el respectivo cargo.


 

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