(*) JUNTA DE PROTECCIÓN
SOCIAL
(*)(Así modificada su denominación
mediante el artículo 1° de la ley N° 8718
del 16 de febrero de 2009, Ley de autorización para el cambio de nombre de la
Junta de Protección Social y establecimiento de las rentas de
las loterías nacionales).
JUNTA DIRECTIVA
Considerando:
I.-Que conforme a lo establecido en
el inciso m), del artículo 8º del Reglamento Orgánico de la (*) Junta de
Protección Social, Decreto Ejecutivo Nº 28025-MTSS-MP, publicado en el Alcance
Nº 55 a La Gaceta Nº 151 del 5 de agosto de 1999 y sus reformas, es
competencia de la Junta Directiva dictar y aprobar los Reglamentos que regulan
la marcha de la Institución.
II.-Que el artículo 93 del
Reglamento Autónomo de la (*) Junta de Protección Social establece el derecho
de los servidores de la Junta, para que se les suministre los uniformes que
requieran de acuerdo con la índole del puesto.
III.-Que el Reglamento vigente para
uso de uniforme de trabajo fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº
134 del 15 de julio de 1992, disposición normativa que no se ajusta a las
necesidades actuales de la Institución, por lo que se requiere su reforma
integral, por tanto, se emite el
REGLAMENTO PARA USO DE UNIFORME DE
TRABAJO
DE LOS FUNCIONARIOS DE LA (*) JUNTA
DE
PROTECCIÓN SOCIAL
(Nota de Sinalevi: El
texto de esta norma fue reformado parcialmente y reproducido su texto en forma
íntegra en sesión N° 48-2019 mediante acuerdo N° JD-627 y publicado en La
Gaceta N° 73 del 27 de abril de 2023, y se transcribe a continuación:)
Artículo 1°-El Reglamento para uso de uniforme de trabajo tiene
por objeto regular la compra, distribución y uso del uniforme que la Junta de
Protección Social entrega a algunos de sus empleados.