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 Normativa >> Reglamento municipal 231 >> Fecha 26/04/2005 >> Articulo 12
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Normativa - Reglamento municipal 231 - Articulo 12
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Artículo 12
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Artículo 12

Artículo 12.—Fiscalización. La Unidad de Hacienda Municipal tiene la facultad, en cualquier tiempo, de verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias a que se refiere este Reglamento, utilizando para ello cualquier medio y procedimiento legalmente establecido, según lo estipulado en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.


 

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