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 Normativa >> Reglamento 311 >> Fecha 03/03/2005 >> Articulo 7
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Normativa - Reglamento 311 - Articulo 7
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CAPÍTULO IV

CAPÍTULO IV

Del concurso y la metodología para la

evaluación de los participantes

 

Artículo 7º—Del concurso: Para el nombramiento del auditor interno se deberá promover por concurso público conforme al artículo 31 de la Ley de Control Interno, para lo cual se debe cumplir con los siguientes procesos:

 

a.         Acuerdo de Junta Directiva donde se declare la plaza vacante.

b.         Acuerdo de Junta donde se ordena la apertura del concurso público.

c.         El concurso deberá de realizarse por medio de concurso público según normativa aplicable.

d.         Se debe elaborar un documento en el que se indique el concurso, la plaza, el salario, los requisitos del puesto y la fecha límite para recibir las ofertas.

e.         Una vez que se cumpla con el procedimiento anterior, se envía una nota al Departamento de Proveeduría para gestionar los trámites de la publicación del concurso en el cual debe cumplir con los requisitos mencionados en el punto anterior. Para la publicación de la invitación, se indicarán los siguientes procesos:

 

e.1.       Si la publicación se realiza por La Gaceta, se debe solicitar un Vale Provisional de caja chica al Departamento de Tesorería de acuerdo a lo indicado en el artículo 14 del Reglamento de Caja Chica de JUDESUR.

e.2.       Si la publicación se realiza por medio de algunos de los periódicos de circulación nacional se debe realizar lo siguiente:

 

e.2.1.    Se consulta a la Unidad de Presupuesto si hay contenido presupuestario, en caso de ser afirmativo se procede a elaborar la orden de compra, se traslada a la Unidad de Presupuesto, para su respectiva revisión; en caso de que exista algún error se debe devolver a la Auxiliar de Proveeduría para su corrección y/o anulación, de lo contrario deberá ser firmada y trasladada a la Jefatura del Área Administrativa para su autorización.

e.2.2.    Una vez autorizado, se remite a la Unidad de Proveeduría para que se confeccione el documento de Autorización de Pago.

e.2.3.    Posteriormente se traslada el documento a la Unidad de Presupuesto, donde deberá ser revisada; en caso de que exista algún error será devuelta a la Auxiliar de Proveeduría para su corrección y/o anulación, de lo contrario deberá ser firmada y trasladada a la Jefatura del Área Administrativa Financiera.

e.2.4.    El Jefe del Área Administrativa Financiera deberá remitirlo a Tesorería, para que se elaborare el cheque de pago.

e.2.5.    Luego de recibida la autorización de pago debidamente autorizada, se confecciona el cheque por el monto consignado en dicha autorización.

e.2.6.    Se procede a buscar las firmas autorizadas, según lo estipulado en el acuerdo a lo indicado en el artículo 9° acuerdo 06 de la sesión N° 198-2002 de fecha 20 de setiembre del 2002.

e.2.7.    Una vez firmado el cheque se procede a tenerlo en custodia en la Tesorería en la caja fuerte para ser entregado.

e.2.8.    Para la entrega de dicho documento se debe seguir el siguiente proceso:

 

e.2.8.1. La persona a nombre de quien se emite el cheque debe presentarse a tesorería.

e.2.8.2. El encargado de tesorería solicita documento de identidad, cédula en caso de ser persona física, la personería jurídica si es persona jurídica, debidamente actualizada.

e.2.8.3. Posteriormente el interesado firma el recibido conforme.

 

e.2.9.    En caso de que el pago se realice por medio de depósito, se debe llevar el siguiente proceso:

 

e.2.9.1. Se recibe una nota donde indique el número de cuenta.

e.2.9.2. Luego se procede a depositar al banco.

e.2.9.3. Una vez recibido el comprobante del depósito se envía por medio de fax al interesado o empresa acreedora, adjunta al comprobante de cheque.

e.2.9.4. Se confirma el envío del fax y se adjunta copia del depósito al comprobante de cheque, el cual debe ser archivado en el consecutivo del mismo.

 

f.          Las ofertas de dicho concurso serán recibidas por la Unidad de Recursos Humanos y enviadas mediante memorando a la Dirección Ejecutiva junto con un cuadro comparativo de los requisitos del puesto, con el fin de que la Dirección Ejecutiva lo remita a Junta Directiva para que esta analice las ofertas recibidas y realice los trámites respectivos ante el ente Contralor según lo indicado en el artículo 6, incisos a, b, c, d y f del presente reglamento. La tabla a utilizar es:

 

Ítem a  evaluar

Porcentaje

Oferente

Porcentaje obtenido

Formación: Grado Académico

 

 

 

Incorporación al Colegio de Profesionales en Contaduría Pública

40%

 

 

Experiencia

30%

 

 

Conocimiento complementarios

20%

 

 

Disponibilidad

10%

 

 

TOTAL

100%

 

 

Grado Académico

 

 

 

Incorporación al Colegio Profesional de Contadores Públicos.

60%

 

 

Experiencia

40%

 

 

TOTAL

100%

 

 

 

 

(Así reformada la anterior tabla en sesión N° 330 del 6 de agosto del 2005)

 

 

g.         En caso de que la Contraloría General aprobara o vetara dicho nombramiento se deberá apegar a lo estipulado en el artículo 31 de la Ley de Control Interno.


 

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