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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32336 >> Fecha 13/04/2005 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32336 - Articulo 1
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Artículo 1
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Nº 32336

Nº 32336

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

 

Con fundamento en las atribuciones que le confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso l), 27 inciso l) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001 y su Reglamento, Decreto Ejecutivo Nº 30058-HMP- PLAN del 19 de diciembre del 2001; la Ley Nº 7403, Ley de Creación del Colegio Universitario para el Riego y Desarrollo del Trópico Seco de 3 de mayo de 1994 y el Decreto Ejecutivo Nº 31708-H de 16 de marzo de 2004 y sus reformas.

 

Considerando:

 

1º—Que el Colegio Universitario para el Riego y el Desarrollo del Trópico Seco (CURDTS), creado mediante la Ley Nº 7403, publicada en La Gaceta Nº 89 del 10 de mayo de 1994, ofrece carreras cortas completas en el ámbito de la educación superior parauniversitaria, y tiene como fin atender las necesidades de formación superior en la zona.

2º—Que el Colegio solicita incrementar en ¢155.4 millones el gasto máximo presupuestario, con el prepósito de fortalecer las partidas de Materiales y Suministros y Maquinaria y Equipo, que en el Presupuesto Ordinario del 2005 se le asignaron recursos insuficientes para hacer frente al considerable crecimiento que ha experimentado su actividad académica y por ende la actividad administrativa.

3º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 31708-H, publicado en La Gaceta Nº 62 del 29 de marzo del 2004 y sus reformas, la Autoridad Presupuestaria formuló las Directrices de Política Presupuestaria del 2005, las cuales fueron conocidas por el Consejo de Gobierno y aprobadas por el Poder Ejecutivo, estableciendo en el artículo 1º del citado decreto, el total de gasto presupuestario del presente año, para las entidades cubiertas por el ámbito del mencionado Órgano Colegiado.

4º—Que mediante el oficio STAP CIRCULAR-0455-04 del 16 de abril del 2004, se comunicó al CURDTS el gasto presupuestario máximo autorizado para el año 2005, el cual no contempla los gastos indicados en el considerando 2 de este decreto.

5º—Que por lo anterior, se hace necesario modificar el gasto presupuestario establecido al Colegio Universitario para el Riego y el Desarrollo del Trópico Seco para el 2005. Por tanto,

 

DECRETAN:

 

Artículo 1º—Modifícase al Colegio Universitario para el Riego y el Desarrollo del Trópico Seco el gasto presupuestario máximo fijado para el año 2005, según lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 31708-H, publicado en La Gaceta Nº 62 del 29 de marzo del 2004 y sus reformas, de manera que éste no podrá exceder la suma de ¢489.5 millones.


 

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