Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32337 >> Fecha 19/04/2005 >> Articulo 1
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 1     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 32337 - Articulo 1
Ir al final de los resultados
Artículo 1
Versión del artículo: 1  de 1
Nº 32337

Nº 32337

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

 

Con fundamento en las atribuciones que le confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso l), 27 inciso l) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978; la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001, y su Reglamento, Decreto Ejecutivo Nº 30058-H-MP-PLAN de 19 de diciembre del 2001; y la Ley N° 8290, Ley del Teatro Nacional, de 23 de julio del 2002.

 

Considerando:

 

1º—Que mediante la Ley N° 8290, publicada en La Gaceta Nº 159 del 21 de agosto del 2002, se crea el Teatro Nacional como un órgano del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, con desconcentración mínima y personalidad jurídica instrumental para administrar los fondos del Teatro Nacional.

2º—Que el Teatro Nacional requiere ampliar el gasto presupuestario para el año 2005, con el fin de incorporar gastos orientados a continuar con el proceso de restauración del edificio principal del Teatro Nacional, así como fortalecer las presentaciones de espectáculos que se presentan en la sala principal.

3º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 31708-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 62 del 29 marzo del 2004, la Autoridad Presupuestaria formuló las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el 2005, las cuales fueron conocidas por el Consejo de Gobierno y aprobadas por el Presidente de la República, estableciendo el gasto presupuestario para el 2005, para las entidades cubiertas por el ámbito del mencionado Órgano Colegiado.

4º—Que mediante oficio STAP-0410-04 del 13 de abril del 2004, se comunicó al Teatro Nacional el gasto presupuestario fijado para el año 2005.

5º—Que por lo anterior, se hace necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado para el Teatro Nacional para el año 2005. Por tanto:

 

DECRETAN:

 

Artículo 1º—Modifícase al Teatro Nacional, el gasto presupuestario máximo para el año 2005, establecido en el artículo 1º del Decreto Ejecutivo N° 31708-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 62 del 29 de marzo del 2004, de manera que no podrá exceder la suma de ¢615.0 millones.


 

Ir al inicio de los resultados