Artículo 2º—Modifícase el gasto presupuestario establecido al Sistema
Nacional de Radio y Televisión Cultural Sociedad Anónima
Artículo 2º—Modifícase el gasto presupuestario
establecido al Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural Sociedad Anónima
en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 31868-H, fijando el nuevo gasto en
la suma de ¢ 1.379.7 millones.
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