CAPÍTULO III
- CAPÍTULO III
- Trámites y planos
Artículo 10.Solicitud de estudio.
Todos los trámites relacionados con la aplicación del presente reglamento deberán
realizarse ante la Agencia Telefónica del ICE, más cercana al sitio donde se llevará a
cabo el desarrollo urbanístico, pudiendo utilizar cualquier medio escrito o electrónico
reconocido legalmente.
El desarrollador/urbanizador deberá presentar una
solicitud de estudio de la infraestructura de telecomunicaciones del desarrollo
urbanístico, cumpliendo con lo establecido en el Anexo 1 del presente Reglamento.
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