- Artículo
97.- Calidad de las ayudas técnicas. El Ministerio de Salud Pública, mantendrá un registro
actualizado sobre las especificaciones de las prótesis y ortesis, que sean
otorgadas por las instituciones estatales y que se distribuyan en el mercado.
- Para otorgar la certificación de
calidad de las ayudas técnicas, el Ministerio procederá de conformidad con lo
que establezca la legislación respectiva.