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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 75
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 75
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Artículo 75
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Artículo 75.- Fiscalización de la seguridad social

La Dirección Nacional de Inspección del Trabajo, a través de sus oficinas en todo el país, fiscalizará que todas las personas trabajadoras con discapacidad estén cubiertas por los regímenes de la Seguridad Social y Riesgos del Trabajo, independientemente de la naturaleza de la labor productiva que realicen.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43520 del 5 de abril del 2022)

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