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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 71
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 71
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Artículo 71
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Artículo 71.- Promoción y capacitación sobre el derecho al empleo y el derecho al trabajo de las personas con discapacidad

En el marco de la rectoría conjunta para la inclusión laboral de las personas con discapacidad en los sectores público y privado, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad, promoverán el reconocimiento de las capacidades, los méritos y las habilidades de las personas con discapacidad y sus aportaciones con relación a su lugar de trabajo y el mercado laboral. Para ello desarrollarán procesos de capacitación e información, accesibles y permanentes, sobre su inclusión laboral y la no discriminación en el empleo.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43520 del 5 de abril del 2022)

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