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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 69
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 69
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Artículo 69
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Artículo 69.- Ajustes razonables en los puestos de trabajo

El Departamento de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad de la Dirección Nacional de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Consejo de Salud Ocupacional, asesorarán al sector empleador público y privado, sobre la aplicación de ajustes razonables a personas con discapacidad, entre ellos, la reubicación laboral y la readaptación del puesto de trabajo.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43520 del 5 de abril del 2022)

 

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