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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 29
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 29
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Artículo 29
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Artículo 29

Artículo 29.- Permiso para asistir a sesiones. Las instituciones del estado, están obligadas a otorgar permiso para asistir a sesiones de la Junta Directiva del ente rector en materia de discapacidad, a sus funcionarios representantes de organizaciones de personas con discapacidad, designados para ese cargo.


 

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