Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 180
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 180     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 180
Ir al final de los resultados
Artículo 180
Versión del artículo: 1  de 1
CAPÍTULO VII

CAPÍTULO VII  


Acceso a la cultura, el deporte  y  las actividades recreativas

 

Artículo 180.- Servicios de Apoyo en las actividades culturales,  deportivas y recreativas. El Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, a través de todas sus entidades adscritas, proveerá los servicios de apoyo y desarrollará todas las adaptaciones que sean requeridas para que todas las personas con discapacidad puedan participar o disfrutar de todas las actividades que promueva, organice, autorice y supervise.

El ente rector en materia de discapacidad y las organizaciones de personas con discapacidad, asesorarán  y supervisarán al Ministerio en el cumplimiento de dichas acciones.


 

Ir al inicio de los resultados