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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 177
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 177
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Artículo 177
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CAPÍTULO VI

CAPÍTULO VI


Acceso a la información y comunicación

 

Artículo 177.- Sistemas informativos. Todas las instituciones públicas y privadas que brinden servicios al público adaptarán, a  las necesidades de las personas con discapacidad y sus familias, todos los sistemas de información y comunicación, materiales divulgativos, así como los medios tecnológicos utilizados para esos fines, entre ellas el uso del Braille y el Lenguaje de Señas Costarricense.


 

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