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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 166
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 166
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Artículo 166
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Artículo 166

Artículo 166.- Permisos y concesiones de taxis. En el caso del transporte público en su modalidad taxi, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes estará obligado a incluir, en cada licitación pública de concesiones o permisos, por lo menos un diez por ciento (10%) de vehículos adaptados a las necesidades de las personas con discapacidad.


 

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