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Artículo 2ºEntre las principales funciones de la Comisión Técnica
estarán:
Artículo 2ºEntre las principales
funciones de la Comisión Técnica estarán:
1. Fomentar la gestión
energética que vincule fuentes renovables y limpias de energía, con la creación de
oportunidades de desarrollo para el sector agropecuario, mediante recomendaciones que
faciliten la toma de decisiones a los jerarcas respectivos.
2. Promover la vinculación del ambiente
con los sectores de energía y agropecuario nacionales, propiciando el uso del biodiesel,
si los estudios, investigaciones y evaluaciones técnicas que analice la Comisión así lo
concluyen, producido utilizando materias primas locales.
3. Promover la investigación y fomentar
la ejecución de proyectos piloto en el parque automotor y en la industria costarricense
orientado al empleo del biodiesel, si los estudios, investigaciones y evaluaciones
técnicas que analice la Comisión así lo concluyen, producido utilizando materias primas
locales, considerando el componente ambiental y el impacto socioeconómico para el
desarrollo de actividades agropecuarias y agroindustriales, preferentemente en zonas
deprimidas del país, mediante la utilización de la palma aceitera y otras fuentes
renovables.
4. Proponer a los jerarcas de los
Ministerios participantes, un plan de acción o la ejecución de un proyecto piloto para
el uso del biodiesel, si los estudios, investigaciones y evaluaciones técnicas que
analice la Comisión así lo concluyen, integrando aspectos estratégicos de impacto
ambiental, socioeconómico, agropecuario y agroindustrial, estructuras de costos,
expansión de siembras, inversión en infraestructura, logística de aprovisionamiento,
distribución y comercialización, mercado de consumidores.
5. Proponer legislación con el fin de
crear un marco jurídico que fomente el uso del biodiesel, si los estudios,
investigaciones y evaluaciones técnicas que analice la Comisión así lo concluyen, como
estrategia de mejora ambiental.
6. Cualesquiera otras acorde con sus
objetivos y naturaleza.
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