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 Normativa >> Reglamento municipal 105 >> Fecha 04/05/2004 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 105 - Articulo 1
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MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

(Nota de Sinalevi: De conformidad con el artículo 11  Reglamento para el otorgamiento de ayudas temporales en el Cantón San José para situaciones de desgracia o infortunio transitorias que afectan la situación socioeconómica de la familia solicitante, aprobado en la sesión N° 009 del 28 de junio del 2016, se estableció lo siguiente: “Este reglamento reforma el “Reglamento para el Otorgamiento de Ayudas Temporales a los y las Habitantes del Cantón Central de San José, Contemplados en el Párrafo Tercero del Numeral 62, del Código Municipal”, en materia de desgracia e infortunio con vigencia anterior a éste.)

 

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS TEMPORALES A LOS Y LAS HABITANTES DEL CANTÓN CENTRAL DE SAN JOSÉ, CONTEMPLADOS EN EL PÁRRAFO TERCERO DEL NUMERAL 62, DEL CÓDIGO MUNICIPAL

 

El cual se regirá por las siguientes disposiciones:

 

Artículo 1º—De las definiciones: Para efectos de lo dispuesto en este reglamento se entiende por:

a)         Ayuda Temporal: Concesión de subsidio económico, o desembolso específico efectuado por la Municipalidad a una persona o familia para coadyuvar en la satisfacción de necesidades concretas.

b)         Desgracia o infortunio: Acontecimiento inesperado que amenaza gravemente la integridad física y emocional de una persona o una familia.

c)         Amenaza: Factor físico de origen natural (hidrometeorológico o geológico), causado por la acción humana y tecnológica determinado en un tiempo y espacio específico, que por su potencial destructivo, pone en peligro a los seres humanos, a los bienes y al medio ambiente.

d)         Vulnerabilidad: Exposición de las personas como colectividad y como seres individuales, de los bienes y el ambiente natural ante la amenaza y la susceptibilidad de daños.

e)         Riesgo: Probabilidad de que la amenaza y la vulnerabilidad genere la emergencia o desastre. Implica el cálculo del grado probable de daños y pérdidas que pueden ocurrir.

f)          Emergencia: Es la identificación temporal y espacial del estado de crisis, con base en la magnitud de los daños y las pérdidas. Es un estado de necesidad y urgencia que obliga a tomar acciones inmediatas y a la utilización extraordinaria de recursos con el fin de salvar vidas, obras y bienes, evitar el sufrimiento y atender las necesidades, que puede ser manejado en fases progresivas de respuesta, rehabilitación y reconstrucción y que se extiende en el tiempo hasta que se logra el control definitivo de la situación.

g)         Desastre: Es la interrupción del funcionamiento normal de la sociedad ante la manifestación progresiva, súbita o recurrente de un suceso. Es un producto histórico que hace manifiesto en tiempo y lugar las consecuencias dañinas de los factores de riesgo, constituyendo una situación de calamidad o de conmoción para el grupo que lo vive y que expone a cambios imprevistos en el entorno ambiental y la organización social.

h)         Hogares en condiciones de pobreza extrema: Son aquellos hogares con un ingreso por persona inferior al costo de la Canasta Básica Alimentaria, por lo que no satisfacen de manera completa las necesidades alimentarias de sus miembros.

i)          Hogares en condiciones de pobreza: Son aquellos hogares con un ingreso por persona inferior a la línea de pobreza, pero superior al costo de la Canasta Básica Alimentaria.

j)          Valoración social: Proceso metodológico de investigación estructurada que se desarrolla en un momento determinado y mediante el cual se valora la situación socioeconómica de una persona o familia.

k)         Informe Social: Informe que consigna la correspondiente impresión diagnóstica y el criterio valorativo, o recomendación técnica de el/la trabajador/a social sobre el otorgamiento de la ayuda temporal solicitada.

l)          Valoración técnica: Análisis que realizan funcionarios/as de la Oficina de Prevención y Atención de Desastres ante la ocurrencia de un evento en el Cantón de San José, donde mediante la evaluación de los efectos o consecuencias, se determine la afectación real o potencial sobre personas, viviendas, infraestructura, ambiente, procurando salvaguardar la vida humana y/o rehabilitar o reconstruir los bienes o servicios.

m)        Informe Técnico de Situación: Informe que consigna los resultados de la valoración y la recomendación técnica realizada por funcionarios/as de la Oficina de Prevención y Atención de Desastres, sobre el otorgamiento de la ayuda temporal solicitada.


 

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