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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 27378 >> Fecha 09/10/1998 >> Articulo 14
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Normativa - Decreto Ejecutivo 27378 - Articulo 14
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Artículo 14
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Artículo 14

 Artículo 14.-  Del Permiso Sanitario de Funcionamiento: Las Áreas Rectoras de Salud serán las encargadas de tramitar y emitir el permiso sanitario de funcionamiento.

 

(Así reformado por el artículo 68 del decreto ejecutivo N° 34728 de 28 de mayo de 2008).

 

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