Nº 31754-H
- Nº 31754-H
- EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
- Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que le confieren
los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, los artículos
25, inciso l), 27, inciso l) y 28, inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General
de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978; Ley N° 8131, Ley de la
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos del 18 de setiembre
del 2001; Ley Nº 7012, Creación Depósito Libre Comercial de Golfito del 4 de noviembre
de 1985, reformada por Ley Nº 7730, Ley de Depósito Libre Comercial de Golfito del 20 de
diciembre de 1997 y el Decreto Ejecutivo Nº 31092-H del 11 de marzo de 2003.
Considerando:
1ºQue la Junta de Desarrollo Regional de la
Zona Sur (JUDESUR) se crea mediante la Ley Nº 7012 Creación Depósito Libre Comercial de
Golfito, publicada en La Gaceta Nº 227 del 27 de noviembre de 1995.
2ºQue JUDESUR es la entidad destinada a
promover el desarrollo socioeconómico integral de la zona sur, mediante la puesta en
ejecución del Plan de Desarrollo de la Zona Sur, asimismo es la encargada de la
administración y operación del giro comercial del Depósito Libre Comercial de Golfito.
3ºQue JUDESUR debe cubrir la erogación que
implica la construcción de once locales devastados por un incendio, situación que ha
perjudicado económicamente a los concesionarios. Dicho gasto será financiado con un
préstamo del Banco Popular y de Desarrollo Comunal por un monto de ¢300.0 millones.
4ºQue mediante Decreto Ejecutivo Nº 31092-H,
publicado en La Gaceta Nº 63 del 31 de marzo del 2003, la Autoridad Presupuestaria
formuló las Directrices de Política Presupuestaria del 2004, las cuales fueron conocidas
por el Consejo de Gobierno y aprobadas por el Presidente de la República, estableciendo
en el artículo 1º del citado decreto, la forma de cálculo del límite de gasto
presupuestario del año 2004, para las entidades cubiertas por el ámbito de la Autoridad
Presupuestaria.
5ºQue mediante oficio STAP-Circular 647-03
del 29 de abril del 2003, se comunicó a la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur el
límite de gasto presupuestario fijado para el año 2004.
6ºQue por lo anterior, se hace necesario
modificar el gasto presupuestario fijado para la Junta de Desarrollo Regional de la Zona
Sur para el 2004. Por tanto:
D ECRETAN:
Artículo 1ºModifícase el artículo 1° del
Decreto Ejecutivo N° 31092-H, publicado en La Gaceta Nº 63 del 31 de marzo del
2003, para fijar en ¢2,672.5 millones el límite de gasto presupuestario de la Junta de
Desarrollo Regional de la Zona Sur para el año 2004.
|