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 Normativa >> Acuerdo 1 - 1 >> Fecha 11/03/2004 >> Articulo 1
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Normativa - Acuerdo 1 - 1 - Articulo 1
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Artículo 1
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(NOTA DE SINALEVI:  Aprobado por el aparte 2) del Acuerdo N° 1 tomado en sesión N° 14 de 11 de marzo de 2004 y según el aparte 5.b ) del mismo rige a partir del 11 de abril de 2004).

2º—Aprobar el siguiente Formulario para las solicitudes de financiamiento para el desarrollo de urbanizaciones y viviendas al amparo del artículo 59 de la Ley 7052 y sus Reformas, con financiamiento de corto plazo (Formulario BANHVI S-001-04), así como sus anexos y el instructivo para elaboración del informe técnico que lo debe acompañar:

Solicitud de Financiamiento para el Desarrollo de Urbanizaciones y Viviendas, al amparo del Artículo 59, Ley 7052 y sus Reformas, con Financiamiento de Corto Plazo

(FORMULARIO BANHVI S-001-04)

(NOTA DE SINALEVI: por tratarse de un formulario, debe consultarse en La Gaceta No. 72 de 14 de abril de 2004)

 NOTA: Para el calcular la solución individual particular en cada caso, se seguirá el siguiente procedimiento:

 Se multiplicará el área específica de cada uno de los lotes objetos del proyecto, por el monto máximo a financiar con BFV del m² de lote urbanizado (valor indicado en la fila 4 de la tabla precedente), a este resultado se le sumará el Precio unitario de la vivienda (valor indicado en la fila 8 de la tabla precedente).

 DECLARACIONES JURADAS

 1- Yo, ____________________________________________, en mi condición de _______(puesto que desempeña en la Entidad)_____, profesional incorporado al Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, registro profesional número, _________ ____, cédula número _________________________, certifico bajo fe de juramento, que he revisado los costos del Proyecto ________ _____________, localizado en _____________________, distrito de __________________, cantón de _________________, provincia de ___________________ y que producto de esa revisión he concluido que los mismos se encuentran dentro de los valores de mercado existentes para la zona. Igualmente declaro que conozco lo relativo a la Directriz Nº 27 de la Presidencia de la República, la Ministra de Salud y el Ministro de Vivienda, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 175 del 11 de setiembre de 2003, y que la misma será aplicada en todos sus extremos en este proyecto.

Lugar y Fecha: ________________________________________

Firma:_____________________ Cédula: _____________

2. Yo, ______________________________________________, en mi condición de Gerente de la Entidad __________________________, declaro bajo fe de juramento que mi representada ha realizado los estudios pertinentes para garantizar que toda la información incluida en este formulario y sus anexos, cumple a cabalidad con las disposiciones y requisitos establecidos por el Reglamento para la Aplicación de los Programas Especiales de Vivienda Previstos por el Artículo 59 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda. Asimismo, somos conocedores de las sanciones previstas en los artículos 158 y 159 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica. Igualmente declaro que conozco lo relativo a la Directriz Nº 27 de la Presidencia de la República, la Ministra de Salud y el Ministro de Vivienda, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 175 del 11 de setiembre de 2003, y que la misma será aplicada en todos sus extremos en este proyecto.

Lugar y Fecha: _________________________________________

Firma del Gerente General de la Entidad: ____________________

Nombre: _______________________y Cédula: _______________

 (1) Se refiere a la tenencia del terreno, desde el punto de vista de los futuros beneficiarios.

(2) Según Directriz Nº 27 del Presidente de la República, Ministra de Salud y Ministro de Vivienda y Asentamientos Humanos, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 175 del 11 de setiembre de 2003.

(3) Resultado de dividir el área de lotes residenciales más la de los lotes comerciales entre el número total de lotes de la urbanización.

(4) Comprende las áreas destinadas a calles, alamedas y estacionamientos vehiculares (si existen éstos últimos).

(5) Comprende las áreas destinadas a: Juegos Infantiles, Parque y Facilidades Comunales.

(6) Resultado de dividir el área de los lotes residenciales entre el número total de lotes residenciales de la urbanización.

(7) Resultado de dividir el área de los lotes comerciales entre el número total de lotes comerciales de la urbanización.

(8) Comprende todo tipo de servidumbre, sea esta aérea, pluvial, de paso, etc.

(9) Según corresponda a: Plan Regulador Vigente, Decreto GAM o Reglamento de Construcción.

(10) Resultado de dividir el área de construcción en planta de la vivienda proyectada a construir en el lote mínimo, entre el área del lote mínimo (indicada en el punto g), multiplicado por 100.

(11) La vivienda especial corresponde a aquella proyectada para beneficiarios, que por su condición de discapacidad requieran de un diseño diferente.

(12) En concordancia con lo indicado en el Anexo Nº 10.

(13) Suministrar un detalle de las obras ya ejecutadas y su correspondiente valoración.

(14) Coincidente con el presupuesto de Urbanización.

(15) Calculado con respecto al total de obras a ejecutar.

(16) En caso de existir más de un diseño especial de vivienda, proporcionar la información solicitada en esta apartado en hojas adicionales, al igual que deberá presentarse los presupuestos correspondientes para cada una.

(17) Corresponde al valor del Terreno en verde, más el valor de infraestructura total (obras ya construidas y a financiar) y más el valor del total de las viviendas a construir, entre el número de soluciones habitacionales.

(18) Según artículo 171 de la Ley 7052 y sus Reformas. Este factor deberá ser mayor a 1 y menor o igual a 1,33. Se calculará dentro de los formularios de presupuesto para cada modelo de vivienda y debe trasladarse el resultado a las casillas correspondientes.

(19) Porcentaje de peso de actividad sobre el total de costos directos de la urbanización.

(20) Porcentajes calculados sobre el total de costos directos típicos y atípicos de urbanización.

(21) Monto que contempla únicamente el valor correspondiente de la parte del lote urbanizado que será financiado con los recursos del FOSUVI mediante el BFV.

(22) Resultado de la multiplicación del área máxima del lote (fila 3) por el monto máximo a financiar del lote urbanizado con recursos del FOSUVI mediante el BFV (fila 4).

(23) Resultado de multiplicar el área de construcción (fila 6) por el precio por metro cuadrado de la vivienda (fila 7).

(24) Resultado de la suma del valor máximo del lote a financiar con el BFV (fila 5), más el valor de la vivienda a financiar con recursos del FOSUVI mediante el BFV (fila 8). 

ANEXOS AL FORMULARIO BANHVI S-001-04

 1) VISADOS Y PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN: planos de anteproyecto aprobados por la Dirección de Urbanismo del INVU y la Municipalidad correspondiente; o en su defecto, los planos constructivos completos del proyecto de la Urbanización aprobados tanto por la Dirección de Urbanismo del INVU y la Municipalidad.  En el caso de Anteproyecto aprobado, cuando el BANHVI lo requiera, deberán presentar además el permiso preliminar de movimiento de tierras otorgado por la Municipalidad. Queda entendido que una vez aprobado el financiamiento por parte de este Banco, de inmediato se iniciarán las gestiones para la obtención de los permisos de construcción, reservándose el BANHVI el derecho de condicionar los desembolsos dentro del periodo de ejecución del proyecto, a la presentación de los respectivos permisos.

 2) CERTIFICADO DE USO DE SUELO: presentación del certificado de uso del suelo que cumpla con lo siguiente:

a. Emitido por la Municipalidad correspondiente o la Dirección de Urbanismo del INVU según corresponda.

b. Debe indicar la siguiente información:

i. Número de plano de catastro.

ii. Zona en que se ubica la propiedad y la normativa de la zona como área.

iii. Frente mínimo.

iv. Retiros constructivos.

v. Cobertura máxima.

vi. Densidad máxima permitida.

vii. Altura de la edificación.

3) AGUA POTABLE: carta de la Entidad (ICAA, Municipalidad o Asociación Administradora del Acueducto Rural) que brinda el servicio de agua potable en que se indique la disposición de brindar el correspondiente servicio a la urbanización.

a. La carta debe indicar el número de plano de catastro, el tipo de proyecto y el número de pajas de agua a otorgar. Esto debe coincidir con la totalidad de soluciones habitacionales, más lotes comerciales, más parques infantiles y más las áreas comunales.

b. En caso de abastecimiento por pozo, se debe presentar el permiso otorgado por el Departamento de Aguas del MINAE para la exploración y explotación del pozo.

 4) AGUAS NEGRAS: carta de Entidad responsable de prestar el servicio de recolección de aguas negras, en la que se indique si hay disponibilidad de prestar el servicio a la urbanización.

a. La carta debe indicar el número de plano de catastro, el tipo de proyecto y el número de conexiones a otorgar.

b. En caso de proyectarse la utilización de una planta de tratamiento de aguas negras, deberán proporcionar:

 i. Nota del ICAA en donde acepte la propuesta de diseño de la planta de tratamiento.

ii. Nota con el visto bueno de ubicación extendida por el Ministerio de Salud.

iii. Declaración en Escritura Pública en donde se indique el compromiso de operar la planta de tratamiento de acuerdo con los lineamientos del ICAA o en su defecto, que está Institución está dispuesta a recibir y operar una vez sea construida, este sistema de tratamiento de aguas negras.

 c. En caso de que la disposición de las aguas servidas sea a través de un sistema de tanques sépticos, se deberá presentar nota del Ministerio de Salud en donde se apruebe el Sistema de Tanque Séptico que se propone utilizar en el proyecto.

 5) ELECTRICIDAD: Nota del suministro de electricidad suscrita por la Entidad correspondiente.

6) CATASTRO: Una copia certificada del plano catastrado de la propiedad en la que se desarrollará el proyecto.

7) INFORME REGISTRAL: estudio de registro público de la propiedad con no más de 7 días naturales de haber sido emitido antes de su presentación ante el BANHVI.

8) ESTUDIO DE SUELOS: según directriz del oficio GG-0174-2003 y sus aclaraciones.

9) CERTIFICACIÓN C.N.E.: presentar certificación de la Comisión Nacional de Emergencias en donde conste que el terreno en que se desarrollará el proyecto no presenta problemas por vulnerabilidad de inundación, deslizamiento o fallamiento tectónico. De ser procedente, indicación de las obras de mitigación necesarias para poder desarrollar el proyecto.

10) OPCIÓN DE VENTA: Para los casos en donde el financiamiento solicitado contemple la compra del terreno o terrenos en que se ejecutará el proyecto, se deberá presentar una opción de venta, con las siguientes características:

a. Indicar claramente nombre del propietario y sus calidades.

b. Hacer referencia al plano de catastro, área del inmueble y folio real.

c. Indicar el precio ofrecido tanto en números como letras.

d. Indicar si existen gravámenes y anotaciones que pesan sobre el inmueble. De existir éstos, en qué momento serán levantados.

e. Indicar si los impuestos municipales y de bienes inmuebles se encuentran al día, y el compromiso, por parte del propietario, que al momento de la formalización, estarán al día.

f. En caso de que el oferente sea una persona jurídica, se deberá adjuntar a la Opción de Venta lo siguiente:

i. Nombre, copia de la cédula y calidades del representante legal.

ii. Copia de la cédula jurídica vigente.

iii. Certificación con no más de un mes de emitida de la personería jurídica.

g. Tener una vigencia no menor a 90 días naturales al momento de su presentación ante la ENTIDAD AUTORIZADA.

 11) AVALÚO: realizado por un profesional activo, miembro del CFIA:

a. No debe tener más de tres meses de realizado.

b. Debe hacer referencia al número de plano de catastro y número de folio real de la finca.

c. Debe indicar expresamente si el terreno es apto para construir.

d. Deberán utilizar los correspondientes formatos para Informe de Avalúo aprobados por el BANHVI (Formularios A–001–04 o A-002-04).

 12) PLANOS CONSTRUCTIVOS DE VIVIENDA: de las viviendas a utilizar en el proyecto.

a. Deberá proporcionarse un plano constructivo por cada uno de los modelos de vivienda que se planeen construir en el proyecto.

b. Los planos deben contener todos los detalles constructivos acordes con las condiciones particulares del proyecto.

c. Deberán estar firmados por el profesional que será responsable de las obras de construcción e indicar el número de registro profesional del CFIA.

d. En el caso de diseños especiales por condiciones de discapacidad, el diseño de la vivienda expresado en el plano constructivo, deberá ser específico de acuerdo al tipo de discapacidad que presente él o los beneficiarios que puedan existir. Igualmente aplica en el caso de adulto mayor.

e. En caso de utilización de tanque séptico, en los planos constructivos debe venir indicado específicamente el tipo de tanque y drenaje que será utilizado, mismo que debe concordar con el sistema que haya aprobado el Ministerio de Salud, según se solicita en el punto 4.c de esos anexos.

 13) BENEFICIARIOS DEL PROYECTO: se deberá presentar junto con la solicitud un listado inicial de familias a ser beneficiadas con el proyecto conteniendo la siguiente información:

a. Nombre del beneficiario.

b. Número de cédula.

c. Ingreso familiar bruto.

d. Monto del Bono Familiar de Vivienda.

e. Monto del Crédito Base.

f. Montos de los aportes familiares, sólo en el caso de existir crédito y aportes.

g. Cantidad de miembros en el grupo familiar.

h. En caso de existir Asociación deberá aportarse lo siguiente:

i. Nombre de la Asociación.

ii. Fotocopia de la cédula jurídica.

iii. Nombre y calidades del Representante Legal.

iv. Domicilio Legal, con indicación de: dirección, teléfonos, facsímil y correo electrónico (de existir)

14) CONSTRUCTOR: Identificación del constructor designado para el desarrollo de las obras:

a. Nombre.

b. Dirección.

c. Número Telefónico, facsímil y correo electrónico.

d. Fotocopia de la cédula jurídica.

e. Nombre y calidades del representante legal.

f. Historial de obras ejecutadas últimos dos años, incluyendo ubicación exacta y certificación del CFIA mediante la cual se indique que esa empresa no ha tenido denuncias por el desarrollo incorrecto de obras constructivas de acuerdo a la normativa de esa Institución.

g. Certificación del CFIA que la empresa está inscrita como constructora y se encuentra activa.

 15. PRESUPUESTOS DE OBRA: se deberán presentar los presupuestos detallados, utilizando los formatos establecidos para tales efectos por el BANHVI. (Formularios P-001-04 y P-002-04) Todos los presupuestos deberán estar firmados por el profesional responsable y avalados por la Unidad Técnica de la Entidad Autorizada.

 16. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: se deberá presentar documento o folleto donde se indiquen claramente las especificaciones técnicas a utilizar en el proyecto. Debe hacer referencia como mínimo a tipos de materiales, características, calidad y resistencia de éstos, durabilidad; procedimientos constructivos, etc.

 17. DICTAMEN TÉCNICO: elaborado por el profesional que sea designado por la Entidad Autorizada para el proyecto, y conforme con las disposiciones y estructura establecidas en el Instructivo de Evaluación de Proyectos (Formulario IS-001-04). 

 NOTA: El BANHVI se reserva el derecho de rechazar la solicitud presentada por defectos dentro de la misma. Asimismo, se reserva el derecho de solicitar los documentos aclaratorios adicionales, cuando así lo considere necesario.

Instructivo para la elaboración del Informe Técnico que acompaña al Formulario S-001-04

(Anexo 17)

 Se presentan en este documento, disposiciones obligatorias a seguir, por parte de los Fiscales de Inversión encargados del estudio de las solicitudes de financiamiento de proyectos para generar urbanización y viviendas; con recursos del FOSUVI al amparo del artículo 59. Dichas disposiciones, deben ser utilizadas por parte de los Fiscales de Inversión, a efectos de emitir su informe técnico. Lo anterior, con el fin de uniformar criterios para la toma de decisiones, referentes al financiamiento de proyectos.

A continuación se muestra la estructura que debe presentar el informe técnico a realizar por el Fiscal de Inversión. No se aceptará un informe con formato tabla; su desarrollo debe ser según la siguiente estructura y en prosa:

1. Introducción.

1.1. Ubicación

1.2. Antecedentes

1.3. Memoria descriptiva

2. Análisis de la información

2.1. Visados y permisos de construcción

2.2. Certificado de uso de suelo

2.3. Disponibilidad de servicios

2.4. Plano de catastro

2.5. Informe registral

2.6. Opción de venta

2.7. Informe estudio de suelos

2.8. Comisión Nacional Emergencias

2.9. Avalúo

2.10 Presupuestos urbanización y vivienda

3. Conclusión y recomendación.

 Descripción de los aspectos a desarrollar según la estructura del Informe Técnico

INTRODUCCIÓN

 El Fiscal deberá realizar una presentación del proyecto, para tales efectos deberá consignar información como: datos generales de la solicitud planteada, nombre del Desarrollador, número de soluciones, costo del terreno en verde, inversión en sitio (cuando proceda), precio de las obras de urbanización, precio de la construcción, precio total del proyecto, monto total del financiamiento.

           Ubicación: Se deberá indicar la ubicación por señas del proyecto y consignar la localización cartográfica.

           Antecedentes: Se refiere a todos aquellos aspectos que se consideren relevantes en el trámite del proyecto, ubicándolos cronológicamente.

           Memoria descriptiva: Descripción detallada de las características del proyecto, desde el punto de vista del entorno, cercanía a centros urbanos, servicios públicos, topografía, estado actual del proyecto, etc.

 ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN

 En este aparte se deberá referir en particular a cada uno de los Anexos del Formulario S-001-04, de la siguiente manera:  

Revisión de la documentación presentada: Con base en la evaluación realizada, se debe incluir en este apartado, el detalle de los aspectos más importantes de:

 •           Visados, permisos de construcción y especificaciones técnicas:

Se debe hacer referencia a las condiciones en las cuales se aprobó el anteproyecto en estudio (fecha de aprobación INVU, fecha de aprobación Municipalidad). Indicar si existe algún tipo de condicionamiento o recomendación a nivel de anteproyecto. Se debe indicar en qué estado del proceso de aprobación se encuentran los planos de proyecto de urbanización y vivienda.  Deberá el Fiscal garantizar que la revisión de los planos constructivos y de las especificaciones técnicas, se realizó a la luz de lo dispuesto en la Directriz Nº 27 o sus reformas, disposiciones Municipales y demás Reglamentación vinculante.

           Certificado del uso de suelo: Verificar la concordancia entre las disposiciones del uso de suelo con lo propuesto por el Desarrollador, en aspectos tales como: vialidad, áreas mínimas, cobertura, densidad, entre otros.

           Disponibilidad de servicios: Hacer referencia a las notas de disponibilidad de servicios (agua potable, evacuación aguas pluviales, evacuación aguas servidas y energía eléctrica). Indicar si existe algún tipo de observación o condicionamiento para su disponibilidad por parte de las instituciones encargadas de suministrar estos servicios. En el caso de que existan, realizar la evaluación correspondiente y su implicación con relación a los costos del proyecto.

Con respecto a la disposición de aguas servidas, se debe indicar en este apartado, la solución que se propone para evacuarlas, todo en concordancia con las recomendaciones del estudio de infiltración.  Debe quedar constancia de que se verificó la condición más crítica de ubicación de drenaje, tanque séptico y vivienda, de tal forma que se respeten la reglamentación al respecto.

           Plano de catastro: Debe dejar constancia de la verificación realizada en campo con respecto a la referencia, colindantes y localización cartográfica.

           Informe registral: Se debe indicar en este apartado el análisis del estudio de registro de la propiedad, haciendo referencia a aspectos tales como: localización, área de la finca, número de plano de catastro, propietario, anotaciones y gravámenes. En el caso, en que el informe registral exista alguna anotación o gravamen, se deberá indicar, de que manera afectará la ejecución del proyecto y de que forma se corregirá la situación. Estos aspectos se deberán evaluar en relación con la información suministrada en el plano de catastro y planos constructivos cuando corresponda.

           Opción de venta: Se debe manifestar sobre la revisión de las calidades de: vendedor, vigencia de la opción, precio ofrecido, según se define en el Anexo Nº 10 del Formulario S-001-04.

           Informe de Estudio de Suelos: El Fiscal de Inversión deberá hacer un análisis exhaustivo de la información y recomendaciones suministradas en el estudio de suelos y su implicación en la ejecución del proyecto. Deberá indicar, explícitamente, que las recomendaciones establecidas en dicho estudio, están siendo consideradas en el diseño y presupuesto del proyecto.

           Certificación de la Comisión Nacional de Emergencias:

Comentar las recomendaciones establecidas en el Informe de la Comisión, así como verificar su cumplimiento dentro de la presentación del proyecto.

           Avalúo: Independientemente de la condición del terreno (ver punto “2. Datos Técnicos” del Formulario S-001-04), el Fiscal de Inversión deberá emitir un informe de tasación, para lo cual, será de uso obligatorio la utilización del Formulario A-001-04 o A-002-04 (Formularios de avalúo de terreno, según corresponda).  En este apartado, debe relacionar su criterio (tasación) con el monto consignado en la opción de venta en los casos que corresponda.

           Presupuestos de urbanización y vivienda: Incluir un estudio detallado de los costos por actividad constructiva, en función del nivel de acabados propuesto y de las eventuales recomendaciones consignadas en el estudio de suelos, certificación de la CNE, etc.  En los casos en los cuales determinadas actividades de la construcción sobrepasan los márgenes usuales de costo, se deberá indicar las razones que justifican dichos montos. En el Formulario S-001-04, se presenta una tabla con una estructura de costos en la cual, a efectos de valorar esta situación, se separan los costos directos típicos de los costos directos atípicos, entendiéndose costos directos “típicos”, todos aquellos costos usuales en la construcción de la generalidad de las urbanizaciones y definiéndose costos directos “atípicos”, todos aquellos costos que son exclusivamente particulares de esa urbanización; por ejemplo, construcción de tanques de almacenamiento, tramos de tubería de interconexión de agua potable extensas y fuera del área del proyecto, reconstrucción de tramos de tubería, muros de contención, sustituciones de suelos, plantas de tratamiento, sistemas de bombeo, líneas trifásicas, etc.  Con respecto a los costos indirectos, el Fiscal de Inversión deberá verificar si se justifica la inclusión de las partidas allí indicadas, así como sus montos. En el Formulario S-001-04, se presenta un resumen de costos indirectos, estableciéndose porcentajes máximos a utilizar en costos administrativos, imprevistos y utilidad.  Asimismo, se deberá referir a otros costos indirectos que se incluyan en el proyecto y estableciendo la justificación respectiva para cada uno de ellos; por ejemplo cuando se refieran a costos indirectos como: consultorías, topografía, legales, ambientales, catastro, etc.

Será de entera responsabilidad de la entidad autorizada en la figura del Fiscal de inversión, verificar la razonabilidad de los costos presentados por parte del desarrollador.

Se debe establecer expresamente en este apartado, que se verificaron tanto las especificaciones técnicas como los presupuestos y las disposiciones establecidas en la Directriz Nº 27 o sus reformas.

 CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN

 En este apartado, se debe concluir sobre el resultado de la evaluación realizada, de forma que se dictamine sobre la razonabilidad o no de la propuesta planteada. Se deberá hacer referencia a la justificación de los costos del proyecto en función de los acabados propuestos y de las obras requeridas (según corresponda).

Es importante indicar, que en esta etapa el Fiscal de Inversión ha coordinado previamente con el Desarrollador, todos los aspectos que a nivel técnico en su evaluación ha considerado deben modificarse; por lo tanto, en este apartado no procede ningún tipo de condicionamiento; razón por la cual la conclusión del Fiscal deberá indicar expresamente si recomienda o no, desde el punto de vista técnico el desarrollo propuesto -sin que como se dijo anteriormente, se justifique condicionamiento alguno-.

 Adicionalmente, en este apartado se debe indicar expresamente que el proyecto cumple con las disposiciones establecidas en la Directriz Nº 27 o sus reformas.

 

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