Nº 31718-H
LA PRIMERA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las
atribuciones que le confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política, los artículos 25, inciso l), 27 inciso l) y 28 inciso 2)
acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de
mayo de 1978; Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República
y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001; Ley Nº 7606, Creación del
Museo Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, de 24 de mayo de 1996.
Considerando:
1º—Que mediante la Ley Nº 7606,
publicada en La Gaceta Nº 117 del 20
de junio de 1996, se crea el Museo Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia como
órgano de desconcentración máxima, con personalidad jurídica instrumental,
adscrito al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, con el propósito de
recuperar, conservar y divulgar los hechos destacados de la vida del
Expresidente de la República y Benemérito de la Patria Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia.
2º—Que es necesario que el Museo
incorpore recursos del superávit para la realización del proyecto de
remodelación de la plazoleta de ingreso al Museo, que incluye la sustitución de
la capa asfáltica, conformación de nuevas áreas verdes y creación de una nueva
superficie de rodamiento, así como el equipamiento de una nueva central
telefónica.
3º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo Nº 31092-H publicado en La
Gaceta Nº 63 de 31 de marzo del 2003, se promulgaron las Directrices de
política presupuestaria del 2004 para los ministerios, demás órganos según
corresponda y entidades públicas cubiertas por el ámbito de la Autoridad
Presupuestaria, las cuales fueron conocidas por el Consejo de Gobierno y
aprobadas por el Presidente de la República, estableciendo la forma de cálculo
y procedimiento para fijar el límite de gasto del período 2004.
4º—Que por lo anterior, se hace
necesario modificar el gasto presupuestario fijado para el Museo para el 2004. Por tanto, DECRETAN:
Artículo 1º—Modifícase al Museo
Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, el gasto presupuestario para el período
2004, establecido en elartículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 31092-H y sus
reformas, publicado en La Gaceta Nº
63 del 31 de marzo del 2003, fijándolo en ¢81.3 millones.