- CAPÍTULO
XVI
-
Dirección
General de Gestión de Calidad Ambiental
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- Artículo
62.—De la conformación de la (*)Dirección de Gestión de Calidad
Ambiental. La
Dirección de Gestión de Calidad Ambiental (DIGECA), estará conformada
de la siguiente manera:
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- (*)(Modificada su
denominación por el inciso b) del artículo 66 del decreto ejecutivo N°
35669 del 4 de diciembre de 2009)
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- 1.
Dirección General.
- 2.
Área Técnica
- 3.
Área Legal.
- 4.
Área Administrativa
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- (Adicionado
mediante Decreto Ejecutivo N° 31628 del 09 de octubre de 2003)
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