Artículo 4º—En el mismo acto, el Inspector Municipal realizará una
inspección de la obra, determinando el avance porcentual de
Artículo
4º—En el mismo acto, el Inspector Municipal realizará una inspección de la
obra, determinando el avance porcentual de la misma, lo que comunicará al
Departamento de Ingeniería de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, junto
con la copia de la notificación realizada.
Este informe de avance de la obra deberá contener la ubicación exacta de
la misma, el tipo de obra, fotografías, tipo de materiales, área, número habitaciones
o aposentos y niveles y cualquier otro dato que el inspector considere
relevante.
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