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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 16/01/2004 >> Articulo 4
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—En el mismo acto, el Inspector Municipal realizará una inspección de la obra, determinando el avance porcentual de

Artículo 4º—En el mismo acto, el Inspector Municipal realizará una inspección de la obra, determinando el avance porcentual de la misma, lo que comunicará al Departamento de Ingeniería de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, junto con la copia de la notificación realizada.  Este informe de avance de la obra deberá contener la ubicación exacta de la misma, el tipo de obra, fotografías, tipo de materiales, área, número habitaciones o aposentos y niveles y cualquier otro dato que el inspector considere relevante.


 

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