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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 31638 >> Fecha 15/01/2004 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 31638 - Articulo 1
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Artículo 1
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DECRETOS

DECRETOS

Nº 31638-H

LA PRIMERA VICEPRESIDENTA

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE HACIENDA

 

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, inciso 1), 27, inciso 1) y 28, inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227 o Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978, Ley Nº 8131 o Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos del 18 de setiembre de 2001 y en la Ley Nº 7593, del 9 de agosto de 1996.

Considerando:

1º—Que por medio de la Ley Nº 7593, publicada en La Gaceta Nº 169 del 5 de setiembre de 1996, se crea la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, para regular los servicios públicos, mediante la fijación de precios y tarifas, procurando la armonía y equilibrio entre consumidores, usuarios y prestatarios de los servicios públicos. 

2º—Que la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, requiere fortalecer el área de recurso humano con el fin de brindar un mejor servicio a los regulados y usuarios de los servicios públicos. 

3º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 31092-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 63 del 31 de marzo del 2003, la Autoridad Presupuestaria formuló las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el año 2004, las cuales fueron conocidas por el Consejo de Gobierno y aprobadas por el Presidente de la República, estableciendo el gasto presupuestario del 2004, para las entidades cubiertas por el ámbito del mencionado Órgano Colegiado.

4º—Que por lo anterior, se hace necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos para el 2004. Por tanto:

 

DECRETAN:

 

Artículo 1º—Modifícase a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, el gasto presupuestario máximo para el período 2004, definido en el Decreto Ejecutivo Nº 31092-H, publicado en La Gaceta Nº 63 del 31 de marzo del 2003 y comunicado mediante oficio STAP-0612-03, fijándolo en ¢2.176.2 millones.


 

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