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 Normativa >> Reglamento 824 >> Fecha 04/12/2003 >> Articulo 37
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Normativa - Reglamento 824 - Articulo 37
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Artículo 37
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Artículo 37

Artículo 37.—El presente Reglamento no será aplicable a los funcionarios que antes de su publicación se encontraren disfrutando de licencias, becas o facilidades para realizar estudios. En todo caso, los becados actuales conservarán sus derechos.

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