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NORMAS DE EJECUCIÓN
NORMAS DE EJECUCIÓN
Artículo 8º
1.Modifícase la programación contenida en el artículo 2 de la
Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2003, N° 8341, de 9 de diciembre de 2002, a efecto de adicionar lo
siguiente:
- AUMENTAR:
- TÍTULO 112
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- Ministerio de Obras Públicas y Transportes
- PROGRAMA 334-00
- COMPLEJO VIAL COSTANERA SUR CRED. BCIE-1605 MISIÓN:
- Dotar al tráfico nacional e internacional de una vía alterna a la carretera
Interamericana, que le permita ahorrar distancias, logrando los niveles de servicio
esperados, conforme a lo establecido en el Plan Puebla Panamá, al rehabilitar los
siguientes tramos carreteros y puentes del Corredor Pacífico (Costanera Sur):
Rehabilitación Barranca - Caldera, rehabilitación del puente Grande de Tárcoles,
construcción de los puentes Parrita y Paquita y reconstrucción del tramo Quepos-Barú y
la construcción del Puente Naranjo, Portalón, Matapalo, Hatillo Nuevo, Hatillo Viejo y
Ampliación del Puente Savegre, en armonía con el medio ambiente y de acuerdo con
especificaciones técnicas de construcción de carreteras y puentes internacionales.
- La base jurídica de este Programa es la Ley Nº 8359, publicada en La Gaceta 129,
de 7 de julio de 2003.
- PRODUCTOS FINALES:
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- Descripción Unidad de medida Cantidad anual
- 1. Procesos licitatorios concluidos Contratos refrendados 4
- OBJETIVOS ESTRATÉGICOS:
- a. 1.1. Fiscalizar la ejecución de las obras viales hasta su conclusión.
- METAS DE GESTIÓN:
- i. 1.1.1. Fiscalizar que el cien por ciento (100%) de las obras por desarrollar en el
Corredor Pacífico cumplan los requerimientos contractuales y de calidad.
- INDICADORES DE DESEMPEÑO:
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- Tipo Fórmula Meta 2003
- 1.1.1.1. Eficacia Obras fiscalizadas /
- Obras programadas 4
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