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 Normativa >> Reglamento municipal 80 >> Fecha 06/11/2003 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 80 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

La Municipalidad de Curridabat, informa que el Concejo Municipal, en uso de las atribuciones conferidas en el Código Municipal y mediante artículo 7º, capítulo 6, del acta de la sesión ordinaria Nº 80-2003 del 6 de noviembre, acordó aprobar la publicación definitiva del siguiente:

REGLAMENTO PARA EL COBRO DE LA TARIFA POR LAS OMISIONES A LOS DEBERES DE LOS PROPIETARIOS DE BIENES INMUEBLES LOCALIZADOS EN EL CANTÓN DE CURRIDABAT

Disposiciones generales

El Concejo Municipal del cantón de Curridabat, con fundamento en lo establecido en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, artículos 4º, inciso a), 13, inciso c), 43, 68, 75 y 76 del Código Municipal, Ley Nº 7749 del 30 de abril de 1998 y en uso de sus atribuciones, dicta el presente "Reglamento para el cobro de la Tarifa por las omisiones a los deberes de los propietarios de bienes inmuebles localizados en el cantón de Curridabat", el cual se regirá por las siguientes disposiciones.

CAPÍTULO I

De las definiciones

Artículo 1º—Para efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

a) Concejo Municipal del cantón de Curridabat: Concejo Municipal.

b) Municipalidad del cantón de Curridabat: La Municipalidad.

c) Cantón de Curridabat: Cantón.

d) Código Municipal: Código.

e) Limpieza de lotes: Dar el mantenimiento de lotes públicos y privados en lo que respecta a chapea y eliminación de escombros y desechos, además del transporte de estos al lugar de depósito.

f) Construcción y restauración de aceras: Realizar trabajos generales en las vías peatonales, de acuerdo a lo que establezca y recomiende la Municipalidad (cordón de caño, subtes y capa superior de las aceras).

g) Construcción de cercas: Es la instalación de cercas de diferentes materiales en predios públicos y privados, cuando estos lo ameriten, según los criterios que al efecto brinde la Dirección de Ingeniería Municipal.

h) Limpieza de escombros en vías públicas: Son los trabajos de mantenimiento de las vías públicas eliminación de elementos que impidan el libre paso de peatones, vehículos o la visibilidad (en aceras deberá existir como mínimo 1,5 m libre para el tránsito peatonal, según lo dispuesto en el Reglamento de Construcciones) que lleve a cabo la Municipalidad, a través del sistema que ella establezca.

i) Instalación de canoas y bajantes frente a vía pública: Es la construcción de canoas y bajantes, en edificios privados que carezcan de estos elementos, de acuerdo a las especificaciones técnicas previas, establecidas en cada paso por la Dirección de Ingeniería Municipal. Se analizará la posibilidad de realizar trabajos para prevenir desastres (taludes o inundaciones), limpieza y mantenimiento de fachadas en edificios, voladizos, aleros, balcones, techos, pintura de inmuebles, etc., según criterio de especialistas de la Municipalidad.

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