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Nº 31496-H
Nº 31496-H
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; artículo 27 de la Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978, Ley N° 8131 o Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001, Ley Nº 8341 o Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, para el Ejercicio Económico del 2003, de 9 de diciembre de 2002 y el Decreto Ejecutivo N° 30906-H, de 12 de diciembre de 2002.
Considerando:
I.—Que el inciso b) del artículo 45º de la Ley Nº 8131, publicada en La Gaceta Nº 198 del 16 de octubre del 2001, autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias no contempladas en el inciso a) del mismo artículo, de acuerdo con la reglamentación que se dicte para tal efecto.
II.—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 30906-H, publicado en el Alcance N° 94 a La Gaceta N° 251 del 30 de diciembre del 2002, se establece la normativa técnica, referente a las modificaciones presupuestarias que el Gobierno de la República y sus dependencias pueden efectuar a través de Decreto Ejecutivo.
III.—Que el artículo 1° del Decreto Ejecutivo precitado, autoriza para que, mediante decreto ejecutivo elaborado por el Ministerio de Hacienda, se realicen traspasos de partidas presupuestarias entre los gastos autorizados en las leyes de presupuesto ordinario y extraordinario de la República del ejercicio que se tratare, sin modificar el monto total de los recursos asignados al programa o subprograma.
IV.—Que el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos, mediante oficio Nº D.M.-0765-03 del 13 de noviembre del 2003, solicitó la confección de este decreto, el cual cumple en todos sus extremos con lo dispuesto en la normativa técnica y legal vigente.
V.—Que las modificaciones presupuestarias incluidas en el presente decreto, no afectan la programación presupuestaria contenida en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2003.
VI.—Que se hace necesario realizar los ajustes presupuestarios contenidos en el presente decreto ejecutivo, con la finalidad de que el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos, pueda dar trámite a las resoluciones administrativas pendientes de pago con el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Por tanto:
DECRETAN:
Artículo 1º—Modifícase el artículo 2º de la Ley Nº 8341 o Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2003, publicada en el Alcance N° 93 a La Gaceta N° 251 de 30 de diciembre del 2002, en la forma que se indica a continuación:
REBAJAR:
TÍTULO: 123
Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos
PROGRAMA: 814-00
ACTIVIDADES CENTRALES
Registro Contable: 123-814-00
CLASIFICACIÓN DE GASTOS SEGÚN OBJETO
G-O FF C-E CF I-P Concepto Monto ¢
1 SERVICIOS NO PERSONALES 6.000.000,00
162 01 112 25 CONSULTORÍAS (PARA LA
CONTRATACIÓN DE EMPRESAS
Y CONSULTORES EXTERNOS
CON EL FIN DE REALIZAR
AUDITORÍAS DE CALIDAD QUE
GARANTICEN LA TRANSPARENCIA,
EFICIENCIA Y EFICACIA EN LA
ENTREGA DEL BONO Y EN LA
CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA,
EN ESTE RUBRO NO SE
CONTRATARÁN LOS SERVICIOS
DE NINGÚN FUNCIONARIO
PÚBLICO, AUNQUE HUBIESE
SACADO UN PERMISO SIN GOCE
DE SALARIO, EN LA INSTITUCIÓN
DONDE ESTÉ LABORANDO) 5.000.000,00
199 01 112 25 OTROS SERVICIOS NO PERSONALES 1.000.000,00 6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 3.000.000,00 603 01 131 25 AYUD. ECON. SEGÚN PROG. CAP. APREN.
(SOLO PARA PROGRAMAS APROBADOS
POR EL RESPECTIVO DEPARTAMENTO
DE RECURSOS HUMANOS, SIEMPRE
Y CUANDO ESTÉN RELACIONADOS
CON EL QUEHACER INSTITUCIONAL) 3.000.000,00
TOTAL REBAJA DEL PROGRAMA: 814-00 9.000.000,00
TOTAL REBAJA DEL TÍTULO: 123 9.000.000,00
TOTAL REBAJAR 9.000.000,00
AUMENTAR:
TÍTULO: 123
Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos
PROGRAMA: 814-00
ACTIVIDADES CENTRALES
Registro Contable: 123-814-00
CLASIFICACIÓN DE GASTOS SEGÚN OBJETO
G-O FF C-E CF I-P Concepto Monto ¢
6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 9.000.000,00
609 01 131 25 INDEMNIZACIONES.
(PARA EL PAGO DE RESOLUCIONES
ADMINISTRATIVAS POR CONCEPTO
DE DEUDAS PENDIENTES CON EL
INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA
Y URBANISMO) 9.000.000,00
TOTAL AUMENTO DEL PROGRAMA: 814-00 9.000.000,00 TOTAL AUMENTO DEL TÍTULO:123 9.000.000,00 TOTAL AUMENTAR 9.000.000,00
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