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 Normativa >> Ley 8374 >> Fecha 13/08/2003 >> Articulo 2
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Normativa - Ley 8374 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo Segundo: Modifícase el artículo 1° inciso b) de la Ley N° 8341 de nueve de diciembre del 2002, en la forma que se indica a continuación:

Artículo Segundo: Modifícase el artículo 1° inciso b) de la Ley N° 8341 de nueve de diciembre del 2002, en la forma que se indica a continuación:

(NOTA: Por lo extenso de su contenido ver Alcance N° 43 de La Gaceta N° 161 de 22 de agosto del 2003)

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