|
Nº 31364-H
Nº 31364-H
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, 27 de la Ley General de la Administración Pública, así como lo dispuesto en la Ley Nº 8131, Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos del 18 de setiembre del 2001, Ley Nº 8341, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, para el Ejercicio Económico del 2003, del 9 de diciembre del 2002, el Decreto Ejecutivo Nº 30906-H, del 12 de diciembre del 2002 y el Decreto Ejecutivo N° 31334-H del 29 de agosto del 2003.
Considerando:
1º—Que el inciso b) del artículo 45 de la Ley Nº 8131, del 18 de setiembre del 2001, autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias no contempladas en el inciso a) del mismo artículo, de acuerdo con la reglamentación que se dicte para tal efecto.
2º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 30906-H, del 12 de diciembre del 2002, se establece la normativa técnica y legal, referente a las modificaciones presupuestarias que el Gobierno de la República y sus dependencias pueden efectuar a través de Decreto Ejecutivo.
3º—Que el artículo 1º del Decreto Ejecutivo precitado, autoriza para que, mediante decreto ejecutivo elaborado por el Ministerio de Hacienda, se realicen traspasos de partidas presupuestarias entre los gastos autorizados en las leyes de presupuesto ordinario y extraordinario de la República del ejercicio que se tratare, sin modificar el monto total de los recursos asignados al programa o subprograma
4º—Que el inciso d) del artículo 1º del Decreto Ejecutivo antes mencionado, permite recodificar los presupuestos ordinarios y extraordinarios, según la codificación general vigente.
5º—Que mediante oficios Nº DF-394-2003 de 21 de julio del 2003 y Nº APNA-URF-524-2003 del 28 de julio del 2003, los ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud respectivamente, solicitaron la confección de este decreto, cumpliendo en todos sus extremos con lo dispuesto en la normativa técnica y legal vigente.
6º—Que las modificaciones presupuestarias incluidas en el presente decreto, no afectan la programación presupuestaria contenida en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2003.
7º—Que el Decreto Ejecutivo Nº 31334-H, del 29 de agosto del 2003, presenta un error de codificación en la subpartida 814 "Amortización de cuentas pendientes de ejercicios anteriores".
8º—Que se hace necesario realizar los ajustes presupuestarios contenidos en el presente decreto ejecutivo, con la finalidad de que los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y Salud, puedan cumplir oportunamente con las metas y objetivos propuestos, así como es necesario que la codificación correspondiente al título 116 Regímenes Especiales de Pensiones se presente de acuerdo a la codificación general vigente. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Modifícase el artículo 2º de la Ley Nº 8341 publicada en La Gaceta Nº 251 Alcance Nº 93 del 30 de diciembre del 2002, en la forma que se indica a continuación:
REBAJAR:
TÍTULO: 114
MINISTERIO DE SALUD
PROGRAMA: 621-00
DIRECCIÓN SUPERIOR Y ADMINISTRACIÓN GENERAL
REGISTRO CONTABLE: 114-621-00
CLASIFICACIÓN DE GASTOS SEGÚN OBJETO
G-O FF C-E CF I-P Concepto Monto ¢
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 350.000
270 01 112 21 REPUESTOS 350.000
Total Rebaja del Programa: 621-00 350.000
PROGRAMA: 622-00
DIRECCIÓN Y CONDUCCIÓN EN SALUD
SUBPROGRAMA/PROYECTO: 04
VIGILANCIA Y CONTROL DEL AMBIENTE HUMANO
Registro Contable: 114-622-04
1 SERVICIOS NO PERSONALES 1.000.000
172 01 112 21 MANTEN. Y REPAR. MOBIL. Y EQ. OFI. 1.000.000
Total Rebaja del Subprograma/Proyecto: 622-04 1.000.000
SUBPROGRAMA/PROYECTO: 07
NIVEL REGIONAL
Registro Contable: 114-622-07
G-O FF C-E CF I-P Concepto Monto ¢
1 SERVICIOS NO PERSONALES 15.145.000
114 01 112 21 IMPRESION, ENCUADERN. Y OTROS 100.000
128 01 112 21 OTROS SERVICIOS PÚBLICOS 45.000
134 01 112 21 GASTO DE VIAJE DENTRO DEL PAÍS 15.000.000
Total Rebaja del Subprograma/
Proyecto: 622-07 15.145.000
Total Rebaja del Programa: 622-00 16.145.000
Total Rebaja del Título: 114 16.495.000
TÍTULO: 115
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
PROGRAMA: 729-00
ACTIVIDADES CENTRALES
Registro Contable: 115-729-00
1 SERVICIOS NO PERSONALES 578.000
144 01 112 24 TRANSPORTES DENTRO DEL PAÍS 300.000
199 01 112 24 OTROS SERVICIOS NO PERSONALES 278.000
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 400.000
232 01 112 24 PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTÓN 300.000
286 01 112 24 OTROS ÚTILES Y MATER. ESPECIF. 100.000
Total Rebaja del Programa: 729-00 978.000
Total Rebaja del Título: 115 978.000
Total Rebajar 17.473.000
AUMENTAR:
TÍTULO: 114
MINISTERIO DE SALUD
PROGRAMA: 621-00
DIRECCIÓN SUPERIOR Y ADMINISTRACIÓN GENERAL
REGISTRO CONTABLE: 114-621-00
CLASIFICACIÓN DE GASTOS SEGÚN OBJETO
G-O FF C-E CF I-P Concepto Monto ¢
1 SERVICIOS NO PERSONALES 350.000
174 01 112 21 MANTEN. Y REPAR. MAQUIN. Y EQ 350.000
Total Aumento del Programa: 621-00 350.000
PROGRAMA: 622-00
DIRECCIÓN Y CONDUCCIÓN EN SALUD
SUBPROGRAMA/PROYECTO: 04
VIGILANCIA Y CONTROL DEL AMBIENTE HUMANO
Registro Contable: 114-622-04
1 SERVICIOS NO PERSONALES 1.000.000
134 01 112 21 GASTO DE VIAJE DENTRO DEL PAIS 1.000.000
Total Aumento del Subprograma/
Proyecto: 622-04 1.000.000
SUBPROGRAMA/PROYECTO: 07
NIVEL REGIONAL
Registro Contable: 114-622-07
1 SERVICIOS NO PERSONALES 3.145.000
144 01 112 21 TRANSPORTES DENTRO DEL PAIS 3.000.000
199 01 112 21 OTROS SERVICIOS NO PERSONALES 145.000
8 SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA 12.000.000
814 01 251 80 AMORT. CUENT. PEND. EJERC. ANTER.
(PARA EL PAGO DE RESOLUCIONES
ADMINISTRATIVAS PENDIENTES) 12.000.000
Total Aumento del Subprograma/
Proyecto: 622-07 15.145.000
Total Aumento del Programa: 622-00 16.145.000
Total Aumento del Título: 114 16.495.000
TÍTULO: 115
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
PROGRAMA: 729-00
ACTIVIDADES CENTRALES
Registro Cantable: 115-729-00
1 SERVICIOS NO PERSONALES 978.000
134 01 112 24 GASTO DE VIAJE DENTRO DEL PAIS 920.000
174 01 112 24 MANTEN. Y REPAR. MAQUIN. Y EQ. 58.000
Total Aumento del Programa: 729-00 978.000
Total Aumento del Título: 115 978.000
Total Aumentar 17.473.000
|