Con fundamento en las facultades que
les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 27
de la Ley General de Administración Pública, así como lo dispuesto en las Leyes N°
8131 y su reglamento, y N° 8341 y el Decreto Ejecutivo N° 30906-H del 12 de diciembre
del 2002.
Considerando:
1ºQue el inciso b) del artículo 45 de la Ley N° 8131, Ley de
Administración Financiera y Presupuestos Públicos, autoriza al Poder Ejecutivo a
realizar las modificaciones presupuestarias no contempladas en el inciso a) del mismo
artículo, de acuerdo con la reglamentación que se dicte para tal efecto.
2ºQue mediante Decreto Ejecutivo N° 30906-H, se establece la
normativa técnica, referente a las modificaciones presupuestarias que el Gobierno de la
República y sus dependencias pueden efectuar a través de Decreto Ejecutivo.
3ºQue el Decreto en referencia, autoriza al Ministerio de
Hacienda, a realizar modificaciones presupuestarias dentro de un mismo programa o
subprograma, para atender la adecuación de los recursos presupuestarios a la
programación, mediante traspasos de partidas presupuestarias entre los gastos autorizados
en las leyes de presupuesto ordinario y extraordinario de la República del ejercicio que
se tratare, sin modificar el monto total de los recursos asignados al programa.
4ºQue se pueden realizar traspasos de partidas presupuestarias
entre los gastos autorizados en las leyes de presupuesto ordinario y extraordinario de la
República del mismo ejercicio económico, para incorporar otras subpartidas de gasto que
no figuraren en el presupuesto inicialmente autorizado, así como, adecuar la
programación producto de variaciones en la asignación presupuestaria para las
dependencias del Gobierno de la República.
5ºQue el artículo 2° del decreto citado establece el
procedimiento a seguir por las instituciones en la presentación de la información
correspondiente, a efecto de la elaboración de las modificaciones presupuestarias vía
decreto ejecutivo.
6ºQue el Ministerio de Educación Pública mediante oficio N°
DM-731-02 de 6 de febrero del 2003, solicita la confección del presente decreto, con el
propósito de redistribuir los recursos asignados al Programa de Comedores Escolares para
darle continuidad a éste en Educación Secundaria.
7ºQue el Ministerio de Educación Pública ha cumplido con la
normativa técnica establecida en el Decreto Ejecutivo N° 30906-H de 12 de diciembre del
2002.
8ºQue se hace necesario transferir recursos a las Juntas de
Educación y Juntas Administrativas, para la adquisición de alimentos dirigidos a la
atención de estudiantes en el Programa de Comedores Escolares en Secundaria, Educación
Especial y Educación de Jóvenes y Adultos. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1ºModifícase el artículo 2° de la Ley N° 8341 de 9
de diciembre del 2002, "Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2003", en la forma que se indica a
continuación:
REBAJAR:
TÍTULO: 113
Ministerio de Educación Pública
PROGRAMA: 573-00
IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA EDUCATIVA
SUBPROGRAMA/PROYECTO: 01
ENSEÑANZA PREESC. I, II CICLOS
Registro Contable: 113-573-01
CLASIFICACIÓN DE GASTOS SEGÚN OBJETO
G-O FF C-E CF I-P Concepto Monto en ¢
6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 550.072.040
664 TRANSF. A INSTIT. PUBL. DESCENTR 550.072.040
664 01 132 20 238 JUNTAS DE EDUCACIÓN (A DISTRIBUIR
POR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA. RECURSOS PROVENIENTES
DE FODESAF PARA LA ADQUISICIÓN
DE ALIMENTOS PARA EL PROGRAMA
DE COMEDORES ESCOLARES)
Ced. jur.: MEP-2-100-042-002 550.072.040
TOTAL REBAJA DEL SUBPROGRA-
MA/PROYECTO: 573-01 550.072.040
TOTAL REBAJA DEL PROGRAMA: 573-00 550.072.040
TOTAL REBAJA DEL TÍTULO: 113 550.072.040
TOTAL REBAJAR 550.072.040
AUMENTAR:
TÍTULO: 113
Ministerio de Educación Pública
PROGRAMA: 573-00
IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA EDUCATIVA
SUBPROGRAMA/PROYECTO: 02
III CICLO Y EDUC. DIV. ACADEM.
Registro Contable: 113-573-02
CLASIFICACIÓN DE GASTOS SEGÚN OBJETO
G-O FF C-E CF I-P Concepto Monto en ¢
6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 336.489.860
664 TRANSF. A INSTIT. PÚBL. DESCENTR 336.489.860
664 01 132 20 238 JUNTAS ADMINISTRATIVAS
(A DISTRIBUIR POR EL MINISTERIO
DE EDUCACIÓN PÚBLICA. RECURSOS
PROVENIENTES DE FODESAF PARA
LA ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS
PARA EL PROGRAMA DE COME-
DORES ESCOLARES)
Ced. jur.: MEP-2-100-042-002 336.489.860
TOTAL AUMENTO DEL SUBPRO-
GRAMA/PROYECTO: 573-02 336.489.860
SUBPROGRAMA/PROYECTO: 03
III CICLO ED. DIVERS. TÉCNICA
Registro Contable: 113-573-03
6 TRENSFERERCIAS CORRIENTES 169.927.100
664 TRANSF. A INSTIT. PÚBL. DESCENTR 169.927.100
664 01 132 20 238 JUNTAS DE EDUCACIÓN Y ADMINIS-
TRATIVAS (A DISTRIBUIR POR EL
G-O FF C-E CF I-P Concepto Monto en ¢
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA.
RECURSOS PROVENIENTES DE FODESAF
PARA LA ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS
PARA EL PROGRAMA DE COMEDORES
ESCOLARES) 169.927.100
Ced. jur.: MEP-2-100-042-002
TOTAL AUMENTO DEL SUBPRO-
GRAMA/PROYECTO: 573-03 169.927.100
SUBPROGRAMA/PROYECTO: 04
ENSEÑANZA ESPECIAL
Registro Contable: 113-573-04
6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 23.191.700
664 TRANSF. A INSTIT. PUBL. DESCENTR 23.191.700
664 01 132 20 238 JUNTAS DE EDUCACIÓN Y ADMINIS-
TRATIVAS (A DISTRIBUIR POR EL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA. RECURSOS PROVENIENTES
DE FODESAF PARA LA ADQUISICIÓN
DE ALIMENTOS PARA EL PROGRAMA
DE COMEDORES ESCOLARES)
Ced. jur.: MEP-2-100-042-002 23.191.700
TOTAL AUMENTO DEL SUBPRO-
GRAMA/PROYECTO: 573-04 23.191.700
SUBPROGRAMA/PROYECTO: 05
EDUCACIÓN PARA JÓVENES Y ADULTOS
Registro Contable: 113-573-05
6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 20.463.380
664 TRANSF. A INSTIT. PÚBL. DESCENTR 20.463.380
664 01 132 20 238 JUNTAS ADMINISTRATIVAS Y DE
EDUCACIÓN, INSTITUCIONES
EDUCACIÓN DE JÓVENES Y DE
ADULTOS (A DISTRIBUIR POR
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA. RECURSOS PROVENIENTES
DE FODESAF PARA LA ADQUISICIÓN
DE ALIMENTOS PARA EL PROGRAMA
DE COMEDORES ESCOLARES)
Ced. jur.: MEP-2-100-042-002 20.463.380
TOTAL AUMENTO DEL SUBPRO-
GRAMA/PROYECTO: 573-05 20.463.380
TOTAL AUMENTO DEL PRO-
GRAMA: 573-00 550.072.040
TOTAL AUMENTO DEL TÍTULO: 113 550.072.040
TOTAL AUMENTAR 550.072.040