Nº 30994-H
- Nº 30994-H
- EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
- Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política; 86 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N°
4755 del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, y
- Considerando:
Único.Que la Ley N° 8343 del 18 de diciembre de dos mil
dos, reformó el artículo 86 del Código de Normas y Procedimientos, Ley N° 4755 del 3
de mayo de 1971 y sus reformas, motivo por el cual se hace necesario modificar el
Reglamento sobre el cierre de negocios, Decreto Ejecutivo N° 28926-H del 31 de agosto del
2000, para aplicar en la sanción de cierre de negocios, la figura de la reincidencia,
así como para desconocer cualquier traspaso, por cualquier título, del negocio o del
establecimiento que se perfeccione después de iniciado el procedimiento de cierre del
negocio y poder cerrar el local si llega a ordenarse la sanción, con independencia del
traspaso. Por tanto,
- DECRETAN:
Artículo 1ºModificase el artículo 1° inciso f del Decreto
Ejecutivo N° 28926-H, del 31 de agosto del 2000, publicado en La Gaceta N° 182 del 22 de
setiembre del 2000, para que en adelante se lea así:
Artículo 1º (...)
f. Se configura la reincidencia cuando se incurra, por segunda vez, en
una de las causales indicadas en el párrafo primero, del artículo 86 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755 del 3 mayo de 1971, dentro del plazo de
prescripción.
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