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Artículo 2º—Modifíquense los créditos fiscales establecidos en el artículo 34 de la Ley Nº 7092, Ley del Impuesto sobre la Renta, de 21 de abril de 1998 y sus reformas, publicada en La Gaceta Nº 96, del 19 de mayo de 1988, ajustados anualmente por Decret
Artículo 2º—Modifíquense los créditos fiscales establecidos en el artículo 34 de la Ley Nº 7092, Ley del Impuesto sobre la Renta, de 21 de abril de 1998 y sus reformas, publicada en La Gaceta Nº 96, del 19 de mayo de 1988, ajustados anualmente por Decreto Ejecutivo, de la siguiente forma:
a) En el inciso i) donde dice "quinientos diez colones (¢510,0)", debe decir "quinientos sesenta colones (¢560)"
b) En el inciso ii) donde dice "setecientos sesenta colones (¢760,0)", debe leerse: "ochocientos treinta colones (¢830)".
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