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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30380 >> Fecha 25/04/2002 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30380 - Articulo 1
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Artículo 1
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Nº 30380-MP

Nº 30380-MP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

En uso de las facultades que les confieren el artículo 140 de la Constitución Política.

Considerando:

1º—Que el Fondo Nacional de Becas (FONABE), desde su creación en 1997, se ha esmerado por generar políticas y acciones concretas que coadyuven a la permanencia de los estudiantes de bajos recursos económicos dentro del sistema educativo, con el objetivo de procurarles movilidad social ascendente.

2º—Que desde el inicio formal de funciones en 1999 las labores encomendadas al FONABE han sido de interés primordial para la actual administración para así establecer un sistema de administración de becas confiable que abarque a la mayor cantidad de la población posible.

3º—Que es necesario dotar al FONABE de mayor apoyo con el fin de mejorar las condiciones de los programas que lleva a cabo. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Declarar de interés público las actividades que promueva el Fondo Nacional de Becas con el objetivo de cumplir de manera óptima los fines establecidos en la Ley Nº 7658, Ley de Creación del Fondo Nacional de Becas.

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