Nº 30380-MP
Nº 30380-MP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En uso de las facultades que les confieren
el artículo 140 de la Constitución Política.
Considerando:
1ºQue el Fondo Nacional de Becas
(FONABE), desde su creación en 1997, se ha esmerado por generar políticas y acciones
concretas que coadyuven a la permanencia de los estudiantes de bajos recursos económicos
dentro del sistema educativo, con el objetivo de procurarles movilidad social ascendente.
2ºQue desde el inicio formal de
funciones en 1999 las labores encomendadas al FONABE han sido de interés primordial para
la actual administración para así establecer un sistema de administración de becas
confiable que abarque a la mayor cantidad de la población posible.
3ºQue es necesario dotar al FONABE
de mayor apoyo con el fin de mejorar las condiciones de los programas que lleva a cabo. Por
tanto,
Decretan:
Artículo 1ºDeclarar de interés
público las actividades que promueva el Fondo Nacional de Becas con el objetivo de
cumplir de manera óptima los fines establecidos en la Ley Nº 7658, Ley de Creación del
Fondo Nacional de Becas.
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