Artículo 246 bis.-Plazo de la verificación inmediata
y levante con garantía. (Derogado por el artículo 597 del Reglamento a
la Ley General de Aduanas, aprobado mediante decreto ejecutivo N° 44051 del 18
de mayo del 2023)
(Así adicionado por el artículo 4°
del decreto ejecutivo N° 31667 de 5 de marzo de 2004)
|