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 Normativa >> Ley 7475 - P >> Fecha 20/12/1994 >> Articulo 5
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Normativa - Ley 7475 - P - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5

Acuerdos multilaterales sobre adquisición y mantenimiento de la protección Las obligaciones derivadas de los artículos 3 y 4 no se aplican a los procedimientos para la adquisición y mantenimiento de los derechos de propiedad intelectual, estipulados en acuerdos multilaterales concertados bajo los auspicios de la OMPI.

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