PARTE II
NORMAS RELATIVAS A LA EXISTENCIA, ALCANCE Y EJERCICIO
DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
SECCION 1: DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS
CONEXOS
Artículo 9
Relación con el Convenio de Berna
1.- Los Miembros observarán los artículos 1
a 21 del Convenio de Berna (1971) y el Apéndice del mismo. No obstante, en virtud del
presente Acuerdo ningún Miembro tendrá derechos ni obligaciones respecto de los derechos
conferidos por el artículo 6 bis de dicho Convenio ni respecto de los derechos que se
derivan del mismo.
2.- La protección del derecho de autor
abarcará las expresiones pero no las ideas, procedimientos, métodos de operación o
conceptos matemáticos en sí.
|