Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30102 >> Fecha 27/11/2001 >> Articulo 17
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 17     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 30102 - Articulo 17
Ir al final de los resultados
Artículo 17    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1
CAPÍTULO VI

CAPÍTULO VI

Generalidades sobre la caza mayor y menor

Artículo 17.—Tratándose de fincas privadas, los cazadores deberán obtener el correspondiente permiso del propietario, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre.

Ir al inicio de los resultados