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PODER EJECUTIVO
PODER EJECUTIVO
DECRETOS
N° 29812-H
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LOS MINISTROS DE HACIENDA
Y DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
Con fundamento en el artículo 140 incisos 3) y 18) de la Constitución
Política.
Considerando:
1ºQue mediante el Decreto Ejecutivo N° 27146-H del 21 de mayo
de 1998, publicado en La Gaceta N° 136 del 15 de julio de 1998, se aprobó el
Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General de Tributación anexo a
dicho Decreto.
2ºQue el artículo quinto del Anexo al Decreto citado en el
punto anterior, faculta al Director General de Tributación para aprobar las resoluciones,
instrucciones o directrices que resulten oportunas para el logro de los objetivos de la
institución.
3ºQue en el artículo sétimo se establece la relación de
divisiones que conforman la Dirección General de Tributación y en el artículo octavo
del Anexo al citado Decreto, se establecen las funciones atinentes a la División de
Recaudación y Atención al Contribuyente.
4ºQue la transformación institucional que se ejecutó en la
Dirección General de Tributación, requiere de permanentes ajustes ante el dinamismo
funcional que caracteriza los procesos tributarios, lo que amerita hacer modificaciones al
Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General de Tributación anexo al
Decreto N° 27146-H ya citado.
5ºQue la Dirección General de Tributación requiere de una
definición clara de cada uno de los procesos tributarios interactuantes para el
cumplimiento de su misión y objetivos generales.
6ºQue debido a los cambios en la legislación tributaria y a la
sistematización de las actividades atribuidas a la actual División de Recaudación y
Atención al Contribuyente, se ha determinado que resulta oportuno y conveniente, la
creación de una División de Gestión, con funciones propias; para lo cual el Ministerio
de Planificación y Política Económica, aprobó mediante oficio DM-075-2001, del 6 de
julio del 2001, la creación de dicha División.
DECRETAN:
Artículo 1ºModificar los artículos 7 y 8 del
Anexo al Decreto N° 27146-H, publicado en La Gaceta N° 136, del 15 de julio de
1998, denominado Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General de
Tributación, para que en adelante se lea de la siguiente manera:
Artículo 7ºRelación de divisiones.
Existirán seis divisiones:
a) De Recaudación
b) De Gestión
c) De Fiscalización
d) Normativa
e) (Derogado
este inciso
por el artículo 54 del decreto ejecutivo N° 37859 del 6 de junio del 2013
"Estructura organizacional de la Dirección de Tecnología de Información
y Comunicación")
f) Órgano de Normalización Técnica en Valoración de Bienes
Artículo 8ºLa División de Recaudación.
La División de Recaudación ejercerá las funciones de planificar y dirigir:
a) Las actuaciones administrativas de cobro voluntario, moroso y ejecutivo de las
obligaciones tributarias.
b)Las de administración y control de la cuenta integral tributaria.
c)Las de asesorar, vigilar y coordinar el cumplimiento de los convenios con
instituciones financieras o de otro tipo que presten servicios de recaudación en
relación con los impuestos administrados por la institución
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