Artículo 7º—Sobre el horario y lugar de las sesiones: La Comisión se
reunirá en la sede central del MINAE, salvo que excepcionalmente sea convocada
en otro lugar, en sesión ordinaria una vez al mes, durante la segunda semana de
cada mes a partir de las o
Artículo
7º—Sobre el horario y lugar de las sesiones: La Comisión Plenaria se reunirá
en su domicilio, salvo que excepcionalmente sea convocada en otro lugar, en
sesión ordinaria una vez al mes, cuyas fechas serán calendarizadas en la última
sesión ordinaria de cada año
Para
reunirse en sesión ordinaria no hará falta convocatoria especial, no obstante,
el Secretario de la Comisión podrá remitir un recordatorio a sus miembros.
Podrá ser
convocada extraordinariamente por su Presidente o por al menos seis de sus
miembros. según lo establece el último párrafo del artículo 15 de la Ley de
Biodiversidad, debiendo darse la debida convocatoria por escrito, con al menos
24 horas de antelación, salvo casos de urgencia
La
convocatoria a las sesiones extraordinarias. se hará a todos los miembros,
titulares y suplentes. por escrito, por correo electrónico o fax, a menos que
la Comisión autorice otros medios. y se acompañara de una copia del orden del
día. salvo casos de urgencia.
En caso
de que no exista el quórum, se suspenderá la reunión haciéndolo constar así en
el acta respectiva que deberá levantarse con indicación de las personas
presentes.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N°
40885 del 8 de enero del 2018)
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